En la actualidad, según la Fundación Affinity, en los hogares españoles hay 3.900.000 gatos y 6.400.000 perros. Unos datos que están ‘obligando’ a sus responsables a contratar pólizas para asegurarlos por miedo a que puedan perderse, sufrir un accidente o provocar un altercado a terceras personas.
Con respecto a la pregunta de si es obligatorio asegurar a perros y gatos, actualmente no existe una legislación al respecto que obligue a ello. Ni perros ni gatos deben de estar asegurados, a excepción de los perros que pertenezcan a las razas denominadas potencialmente peligrosas. No obstante, en la Comunidad de Madrid es obligatorio contratar una póliza aseguradora de responsabilidad civil para cualquier perro.
En los casos en los que se quiera asegurar un perro o un gato, deben estar vacunados, censados e identificados con microchip.
El Código Civil español especifica que «el poseedor de un animal es responsable civil de los daños que cause, aunque se le escape o extravíe». Así que es conveniente siempre tener asegurados por responsabilidad civil a los animales de compañía, incluso a los gatos, puesto que, aunque normalmente son animales que apenas salen de casa, los hay que hacen sus excursiones fuera del hogar.
Si se tiene contratada una póliza de hogar, los perros que no pertenecen a razas denominadas potencialmente peligrosas y los gatos se pueden asegurar por responsabilidad civil.
LOS PERROS DE RAZA POTENCIALMENTE PELIGROSA
Se consideran perros de razas potencialmente peligrosas a aquellos que tengan determinadas características físicas: tamaño grande, mandíbula fuerte, más de 20 kilos de peso o de complexión robusta. Para tener unos de estos canes es necesaria una licencia, que tendrá un período de validez de cinco años, con opción de renovarse. Este permiso legal se obtiene si se cumplen los siguientes requisitos: se mayor de edad, no presentar antecedentes penales con respecto a algunos supuestos como delitos contra la propiedad, la moral, la libertad sexual u homicidio (para demostrarlo se debe ajuntar un certificado de penales que se obtiene en el Registro de Antecedentes Penales, y una declaración jurada de no haber sido sancionado); disponer de capacidad física y psicológica para tener uno de estos perros (la certificación la obtendremos en cualquier centro de reconocimientos médicos, como por ejemplo los centros para la renovación del carné de conducir o del permiso de armas) y acreditación de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por un valor de 120.000 euros.
Y la pregunta que muchos os estáis haciendo, si un perro agrede a una persona u otro animal ¿cubre el seguro los gastos que se puedan derivar por temas legales o atención sanitaria? En caso de responsabilidad civil, la compañía defiende los intereses del asegurados, le asesora, representa legalmente, acompaña a juicio y, si fuera necesario, asume los gastos jurídicos, costes derivados de acciones judiciales e indemnizaciones.
Fuente: elpais.com