¿En caso de cambio de cambio de vehículo a mitad de la vigencia de una póliza, la compañía está obligada a compensar el periodo no consumido con el nuevo vehículo asegurado?
No se encuentra obligada la aseguradora, y ello por cuanto la prima del seguro es indivisible.
Señalar que las primas son indivisibles, y en consecuencia el tomador se encuentra obligado al pago del periodo completo. Por lo que si se da la circunstancia que se produzca baja del objeto asegurado, ya sea por transmisión o por cualquier otra causa, con la consiguiente desaparición de éste ningún derecho le asiste a recuperar determinada parte de la prima no consumida.
El seguro es sobre un determinado vehículo, y aunque se produzca la baja del mismo la prima correspondiente a la anualidad ha de ser abonada en su integridad por el tomador del seguro, sin que esté en la obligación la aseguradora de compensarla con otra nueva póliza de seguros con otro vehículo asegurado.
No obstante, de Generali Seguros Alcoy, en caso de que el vehículo asegurado que causa baja se sustituya por otro, se compensará proporcionalmente en la póliza del nuevo vehículo, nunca se devolverá el dinero.
Fuente: segurnews.com